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Ayudas para la renovación del parque nacional de maquinaria agrícola

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Ayudas para la renovación del parque nacional de maquinaria agrícola

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AYUDAS PARA LA RENOVACIÓN DEL PARQUE NACIONAL DE MAQUINARIA AGRÍCOLA



La renovación del parque nacional de tractores y máquinas automotrices, notablemente envejecido, es necesaria, debido a la existencia de numerosos tractores y máquinas sin la adecuada estructura de protección para el caso de vuelco, con sistemas de frenado y señalización en mal estado, con motores de deficiente aprovechamiento energético y elevadas emisiones de gases contaminantes, además de otras carencias, en lo que se refiere a su eficiencia agronómica y a la ergonomía del puesto de conducción.

Las ayudas se concederán, mediante subvenciones gestionadas por las Comunidades Autónomas, a los titulares de tractores y máquinas automotrices con más de 15 años de antigüedad, y de 10 en el caso de los equipos de recolección, que los achatarren y adquieran nuevos modelos.


Fotografía de tractorLa cuantía base de la ayuda es de 80 euros por CV del tractor y máquina automotriz achatarrados, con posibles incrementos, en el caso de explotaciones agrarias prioritarias, agricultor joven o estar la explotación localizada en una zona calificada como de montaña o con dificultades. En el caso de cooperativas o SAT, estos incrementos ascienden a 70 euros/CV. También se establecen incrementos para favorecer el achatarramiento de tractores antiguos carentes de estructura de protección homologada, así como para la adquisición de tractores nuevos con mayor eficiencia energética o con menores emisiones de gases contaminantes.

En la modificación del Real Decreto 1539/2006, se incluye la posibilidad de adquirir también abonadoras y equipos de aplicación de fitosanitarios de comprobada eficiencia así como por razones de carácter sanitario y ambiental.



El Real Decreto 1539/2006, de 15 de diciembre (BOE de 10 de enero de 2007), que regulaba las ayudas para la renovación de la maquinaria agrícola, fue modificado por el Real Decreto 228/2008, de 15 de febrero, a fin de establecer un límite máximo a la ayuda y ajustarse así al Reglamento (CE) n.º 1857/2006, relativo a las ayudas al desarrollo rural a través del FEADER.





2.1. Estructuras de protección

Se incrementan las ayudas en 80 euros/CV cuando sean unidades de tractores inscritos en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA), antes de las fechas de exigibilidad de la obligación de tener estructuras de protección homologadas para cada grupo y subgrupo de tractor, tal y como figuran en la Resolución de 21 de marzo de 1997 (BOE de 11 de abril de 1997), de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrícolas. Para los tractores estrechos (grupo 3), se entenderá como fecha de exigibilidad el 2 de julio de 1993.

En la tabla siguiente figuran las fechas de entrada en vigor para cada uno de los grupos y subgrupos de tractores:




La fecha de primera inscripción del tractor figura en el Certificado de inscripción o Cartilla. El Grupo y Subgrupo están en la tarjeta de inspección técnica (ITV); también el Grupo y Subgrupo de cada modelo se pueden consultar en la base de datos de tractores/estructuras que está en esta página web. Estos datos también los tienen las oficinas provinciales de los Registros Oficiales de Maquinaria Agrícola.


2.2 Por clasificación energética de los nuevos tractores

El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) conjuntamente con la Estación de Mecánica Agrícola de la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganderos han desarrollado una metodología para clasificar a los tractores según su eficiencia energética, basada fundamentalmente en los ensayos OCDE de potencia en la toma de fuerza y tracción a la barra.

En el Real Decreto 1539/2006 figura que la cuantía base de la ayuda se incrementará en 30 euros/CV por pertenecer a la categoría de eficiencia energética A y en 10 euros/CV por pertenecer a la categoría B.

Los tractores pertenecientes a las categorías A y B, y que por tanto cuentan con un incremento en las ayudas correspondientes a 2009, se presentan en las siguientes tablas:








2.3. Por menores emisiones de gases contaminantes de los nuevos tractores

Únicamente en el caso de que se desee solicitar el incremento de la ayuda por este concepto, será necesario presentar un certificado emitido por el fabricante o su representante legal en España del tractor que se va a adquirir, en el que se indiquen los siguientes datos:




La fase y la categoría de emisiones del tractor que se va a adquirir son las que determinan si se va a recibir ayuda por menores emisiones contaminantes.

Para el año 2009 reciben una ayuda de 10 euros/CV las fases y categorías incluidas en la siguiente tabla:





Sembradora directa

Máquina habilitada para sembrar sobre los restos del cultivo anterior que coloca la semilla en los terrenos agrícolas sin ningún tipo de laboreo previo, realizando en la misma pasada las siguientes operaciones: apertura del surco, colocación de la semilla, enterrado y asentado del suelo. No tendrán esta consideración aquellas máquinas que incorporan otros aperos o útiles de trabajo (máquinas combinadas o sembradoras con preparador del terreno).

Cisterna para purines con dispositivo localizador

Máquina para la distribución de estiércol líquido, provista de un depósito para el transporte de purín y de un dispositivo mecánico para su inyección en el terreno o para su descarga localizada en bandas separadas sobre la superficie.

Esparcidor de fertilizantes solidos con dispositivo localizador

Máquina para la distribución de fertilizantes sólidos provista de una caja de remolque o de una tolva y de una reja para colocar el fertilizante en el surco que abre o de un dispositivo mecánico para la descarga localizada en bandas separadas sobre la superficie.










PARA MAYOR INFORMACIÓN, PUEDEN DIRIGIRSE A LA SIGUIENTE DIRECCIÓN:




Subdirección General de Medios de Producción
C/ Alfonso XII, nº 62, 3ª planta
28014 - Madrid
Tf:91 347 52 01 y 91 347 40 58 Fax: 91 347 40 87




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