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Emisiones de Gases en la Ganadería (Directiva IPPC/EPER-ESPAÑA)

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  • Información sobre las emisiones de gases en ganadería


Emisiones de Gases en la Ganadería (Directiva IPPC/EPER-ESPAÑA)

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Emisiones de Gases en la Ganadería (Directiva IPPC/EPER-ESPAÑA)



La transposición de la Directiva 96/61/CE al ordenamiento jurídico español, mediante la Ley 16/2002 de Prevención y Control Integrado de la Contaminación (IPPC), publicada en el BOE de 2 de julio de 2002, obliga a evaluar los índices de emisión a la atmósfera, al agua y al suelo de las actividades e instalaciones contempladas en el Epígrafe 9.3. de su Anejo 1, entre las que se encuentran las explotaciones intensivas de aves de corral y porcino cuando superen los siguientes tamaños:

  • 40.000 Emplazamientos para gallinas ponedoras o el número equivalente para otras orientaciones productivas de aves.
  • 2.000 plazas de cerdos de cría de más de 30 kg.
  • 750 plazas de cerdas.

Las explotaciones anteriores están obligadas a notificar a la Consejería de Medio Ambiente de su correspondiente Comunidad Autónoma los índices de emisiones, para posteriormente ser remitidos al MIMAM, que debe elaborar el Inventario Estatal de Emisiones Contaminantes (EPER), en cumplimiento de la Decisión 2000/479/CE relativa a la realización del inventario europeo de emisiones contaminantes (EPER).

Los compuestos que deben notificar los ganaderos, cuyas explotaciones quedan supeditadas a la mencionada Directiva IPPC, son las siguientes:

Contaminantes a la atmósfera:
Contaminantes al agua:
CH4 (metano) N (Nitrógeno total)
NH3 (amoniaco) P (Fósforo total)
N2O (óxido nitroso) Cu (Cobre)
PM10 (partículas con diámetro 10 µ) Zn (Zinc)
TOC (Carbono orgánico total)


NOTA

Es importante resaltar que cuando la gestión de los estiércoles y purines se realice mediante su valoración agrícola o entrega a gestor autorizado, no deberán notificarse los datos sobre contaminantes al agua. Únicamente tienen obligación de reflejar este dato de emisiones al agua en los casos en donde las explotaciones ganaderas dispongan de depuradoras con vertido a cauce.



Con objeto de facilitar a los ganaderos el cumplimiento de las normas anteriormente citadas, se ha elaborado en la Dirección General de Ganadería, con la participación de diferentes expertos en la materia, el documento "Análisis y Documentación de los Factores Clave de las Emisiones de Gases en la Ganadería" que sirve como guía para atender las consultas de los ganaderos sobre el tema.

En este documento se han incorporado unos cuadros resúmen para el cálculo de las emisiones de gases, que facilitarán el cumplimiento de la declaración de emisiones por parte de los ganaderos de porcino y aves, y que pueden descargarse desde esta página.



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