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Plan Nacional de Control de la Cadena Alimentaria

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Plan Nacional de Control de la Cadena Alimentaria

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PLAN NACIONAL DE CONTROL DE LA CADENA ALIMENTARIA


Introducción



Una de las principales prioridades estratégicas del gobierno de España, en línea con la política de la Comisión Europea, es velar por la seguridad de los alimentos; la política alimentaria de la Unión Europea engloba toda la cadena alimentaria, incluida la producción de alimentos para animales, y establece una amplia y estricta legislación, cuya finalidad es garantizar un elevado nivel de seguridad y protección de la salud, en materia de alimentos, piensos, salud animal, bienestar animal y fitosanidad en el interior de la Unión Europea, gracias a la aplicación de medidas coherentes «de la granja a la mesa» y a su seguimiento mediante controles oficiales adecuados, al tiempo que se asegura el funcionamiento efectivo del mercado interior.


Sólo se puede garantizar la seguridad alimentaria por medio de una responsabilidad compartida de todas las personas que tienen alguna relación con los alimentos, desde los profesionales, hasta los consumidores. Se deben poner en práctica varios procedimientos y mecanismos de control a lo largo de la cadena alimentaria, para asegurar que los alimentos que llegan a la mesa de los consumidores, son aptos para el consumo y que los riesgos de contaminación son mínimos, de forma que la población en general pueda beneficiarse de unos alimentos sanos y de calidad.

El Reglamento (CE) 882/04 sobre los controles oficiales efectuados para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales, establece las normas generales para la realización de los controles oficiales a fin de comprobar el cumplimiento de las normas orientadas a prevenir, eliminar o reducir a niveles aceptables los riesgos alimentarios así como garantizar unas prácticas equitativas en el comercio de piensos y animales y proteger los intereses de los consumidores.

En base al citado reglamento, cada Estado miembro debe preparar un plan único plurianual integrado de control para velar por el cumplimiento de la legislación sobre alimentos, piensos, sanidad animal, bienestar animal y ciertos aspectos de la sanidad vegetal.

En cumplimiento de la citada normativa, se ha aprobado por la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural, el capítulo del plan correspondiente a el ámbito competencial del MAPA/CCAA, así como por el órgano de coordinación de las Comunidades Autónomas con el Ministerio de Sanidad y Consumo (Comisión Institucional de AESAN), el capítulo correspondiente a el ámbito competencial MISACO/AESAN /CCAA. Ambos capítulos han sido consensuadas e integradas en el plan único integrado de control, denominado"Plan Nacional de Control de la Cadena Alimentaria".

Dicho Plan proporciona a nuestro país un marco sólido, estable y a la vez flexible, para la realización del control oficial sobre alimentos y piensos donde administraciones públicas, operadores económicos y consumidores encuentren un referente para obligaciones y garantías. En él se describen, bajo el principio de transparencia de las administraciones públicas, las actividades de control oficial a realizar a lo largo de toda la cadena alimentaria, desde la producción primaria hasta los puntos de venta al consumidor final.







PONENCIAS





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