Con la creación del Observatorio de Precios se pretende avanzar en el conocimiento de las circunstancias explicativas de la formación de los precios de los productos agroalimentarios, en origen y destino, mediante la realización de informes y estudios que permitan llevar a cabo un seguimiento sistemático de los mismos.
Como resultado de la actividad del Observatorio se formulan recomendaciones de actuación a las Administraciones competentes y a los diversos agentes económicos, empresas e instituciones que operan en la cadena agroalimentaria, al tiempo que se contribuye al fomento del diálogo e intercomunicación entre todos ellos.
De esta forma, se pretende favorecer la transparencia y racionalidad del proceso de comercialización, contribuyendo a la estabilidad de los precios de los alimentos, y, en la medida de lo posible, a evitar situaciones de desequilibrio entre las cotizaciones en origen y destino, en beneficio de todos los agentes intervinientes en la cadena agroalimentaria.
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De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 del Real Decreto 509/2000, de 14 de abril, son funciones del Observatorio de Precios de Alimentos las siguientes:
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Analizar la estructura básica de los precios y los factores causantes de su evolución, en los alimentos de mayor importancia relativa en la producción y el consumo, en los distintos escalones de su formación.
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Realizar informes y estudios explicativos, en su caso, de las situaciones de desequilibrio producidas en los mercados de origen y destino de los alimentos considerados, analizando especialmente los diversos factores que contribuyen a la formación de los precios de los productos estacionales.
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Realizar estudios de carácter regular, encaminados a establecer un seguimiento sistemático de la formación de los precios finales de los alimentos.
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Favorecer el diálogo y la intercomunicación entre las representaciones del sector productivo, la distribución comercial y los consumidores, entre sí y con las Administraciones Públicas, en orden a dotar de la mayor racionalidad y transparencia posibles el proceso de formación de precios de los alimentos, compatible con el marco de la economía de mercado, en un sistema de apertura a la competencia, en beneficio de la sociedad en su conjunto.
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Elaborar propuestas de actuación de las Administraciones competentes y recomendaciones a los diversos agentes económicos intervinientes, empresas e instituciones públicas o privadas tendentes a mantener la necesaria estabilidad en un marco de desarrollo abierto a la competencia y equilibrio en los precios de los alimentos, compatible con el derecho comunitario.
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Elaborar los informes sobre precios de los alimentos que le sean demandados por los Ministros de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Economía.
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Elaborar un informe anual que recoja las principales actuaciones del Observatorio durante el año.
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El Observatorio de Precios de los Alimentos, por su propia finalidad, se concibe como una entidad plural y abierta, en la que están representados:
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La Administración General del Estado.
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Las Administraciones Autonómica y Local.
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La Empresa Nacional MERCASA, así como los sectores de la producción, transformación y distribución de los alimentos y los consumidores, a través de sus organizaciones oficialmente reconocidas.
Además, para el mejor cumplimiento de sus objetivos, se podrá recabar el asesoramiento de organismos e instituciones, ajenos al Observatorio, cuya aportación se estime de interés, por su experiencia profesional y conocimientos en la materia, permitiéndose en tal caso su incorporación a este organismo en calidad de expertos.
En este sentido, particularmente estrecha y productiva se considera la colaboración con las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias que operan en el ámbito de los sectores objeto de estudio. Todo ello permite al Observatorio de Precios constituirse en órgano de consulta e intercomunicación entre las Administraciones públicas, los representantes de los sectores intervinientes en la comercialización agroalimentaria y los consumidores, al tiempo que enriquece los resultados del trabajo a desempeñar, pues posibilita la consideración de múltiples puntos de vista a la hora de abordar el estudio de los precios de los alimentos.
A continuación se muestra un listado de las entidades presentes en el Observatorio de Precios de los Alimentos:
Listado de Entidades
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ÁMBITO DE PRESENTACIÓN
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ENTIDAD
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Observatorio de Precios de los Alimentos
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ORGANIZACIONES PROFESIONALES AGRARIAS
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- Asociación Agraria Jóvenes Agricultores (ASAJA)
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- Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG)
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- Unión de Pequeños Agricultores (UPA)
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- Confederación de Cooperativas Agrarias de España (CCAE)
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SECTOR PESQUERO
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- Federación Nacional de Cofradías de Pescadores
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- Federación Española de Organizaciones Pesqueras (FEOPE)
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INDUSTRIA AGROALIMENTARIA
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- Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas (FIAB)
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DISTRIBUCIÓN COMERCIAL
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- Asociación Nacional de Grandes Empresas de la Distribución (ANGED)
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- Asociación Española de Distribuidores, Autoservicios y Supermercados (ASEDAS)
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- Asociación de Industrias Cárnicas Madrileñas
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- Confederación Nacional de Empresas Mayoristas de Frutas y Hortalizas
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- Asociación Nacional de Empresarios Mayoristas de Pescado
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- Confederación Española de Detallistas de la Carne (CEDECARNE)
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- Federación Nacional de Empresarios Detallistas de Frutas y Hortalizas
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- Federación Nacional de Empresarios Detallistas de Pescado y Productos Congelados (FEDEPESCA)
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CONSUMIDORES
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- Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios (CEACCU)
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- Confederación Española de Cooperativas de Consumidores y Usuarios (HISPACOOP)
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- Unión de Consumidores de España (UCE)
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- Unión Cívica Nacional de Consumidores y Amas de Hogar (UNAE)
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- Confederación de Consumidores y Vecinos
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- Federación de Usuarios y Consumidores Independiente (FUCI)
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El Observatorio de Precios de los Alimentos se estructura en Pleno, Comisión Ejecutiva y los Grupos de Trabajo que se decidan constituir. Los dos primeros actúan como órganos de decisión y gestión, mientras que los Grupos de Trabajo se crean para el estudio de temas específicos de interés, relacionados con la finalidad del Observatorio.
PLENO
Forman parte del Pleno del Observatorio de Precios de los Alimentos la totalidad de sus miembros, es decir, el Presidente, cargo que recae en el Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación; el Vicepresidente, cargo que corresponde al Director General de Comercio Interior del Ministerio de Economía; cuarenta Vocales, en representación de las Administraciones públicas (nacional, autonómica y local) y de diversas Organizaciones Profesionales y Sectoriales del ámbito agroalimentario y pesquero y un Secretario, funcionario del MAPA, actualmente el Subdirector General de Coordinación Institucional, que actúa con voz, pero sin voto.
Como máximo órgano del Observatorio de Precios, al Pleno le corresponde ejercer las siguientes funciones:
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La aprobación de los informes y estudios relativos a las materias a las que se hace referencia en los apartados 1, 2 y 3 del artículo 2 del Real Decreto 509/2000.
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El estudio y aprobación de las propuestas de actuación y recomendaciones a las que se refiere el artículo 2.5 del Real Decreto 509/2000.
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La articulación de las relaciones y contactos institucionales de consulta y cooperación con otros órganos de cometido similar.
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La aprobación de los informes sobre precios de los alimentos que les sean requeridos por los Ministros de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Economía.
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La interpretación de las normas que rigen el funcionamiento de los distintos órganos del Observatorio, debiendo, en los supuestos de discrepancia, aprobar, en su caso, dicha interpretación por mayoría cualificada de dos tercios.
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La aprobación del informe anual relativo a las actuaciones que haya llevado a cabo el Observatorio.
COMISIÓN EJECUTIVA
La Comisión Ejecutiva está integrada por el Presidente del Observatorio de Precios de los Alimentos, el Vicepresidente, diez Vocales, cuyo nombramiento corresponde a cada uno de los ámbitos de representación previstos en el artículo 3.1 del Real Decreto 509/2000, y el Secretario del Pleno, que actúa a su vez como Secretario de la Comisión, e igualmente, con voz, pero sin voto.
El mandato de los Vocales designados como miembros de la Comisión Ejecutiva tiene la validez de un año, sin que la nueva designación que se realice por los diferentes ámbitos de representación, en el supuesto de que éste tenga una composición plural, pueda recaer en la misma persona o en otra de idéntica procedencia dentro del citado ámbito de representación.
No obstante, en atención a la adecuada representatividad en este órgano de los diferentes sectores y asociaciones presentes en el Pleno, se podrá decidir la incorporación de un experto con carácter permanente.
Así mismo, dadas las especiales características de las materias a abordar en la Comisión Ejecutiva, se permite la incorporación de expertos a la misma, en calidad de asesores, cuando se considere preciso para garantizar un adecuado tratamiento de las cuestiones objeto de debate.
Son funciones de la Comisión Ejecutiva, además de las que el Pleno expresamente en ella delegue, las siguientes:
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Preparación y estudio de los asuntos que vayan a ser tratados en las reuniones del Pleno.
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Elaboración del informe anual de actividades del Observatorio y de los restantes estudios e informes a los que se hace referencia en el artículo 2 del Real Decreto 509/2000.
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El acuerdo para la creación de los Grupos de Trabajo que considere convenientes, así como el análisis de sus informes y conclusiones.
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La coordinación de las actividades que lleven a cabo los Grupos de Trabajo.
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La decisión sobre las solicitudes de acceso a información presentadas por los Vocales o Grupos de Trabajo en el ejercicio de sus actuaciones
GRUPOS DE TRABAJO
Con objeto de profundizar en el estudio de determinados aspectos, en el marco de los objetivos generales del Observatorio de Precios de los Alimentos, se podrán constituir los Grupos de Trabajo que, en atención a la especial relevancia de determinadas materias, se considere oportuno.
Los Grupos de Trabajo están compuestos por un Presidente, que deberá ser Vocal del Pleno o de la Comisión Ejecutiva y se ocupará de la dirección de los trabajos y la coordinación con otros Grupos; el Secretario del Observatorio, que tendrá voz, pero no voto, y por un número indeterminado de Vocales, designados entre los restantes miembros del Observatorio que manifiesten su interés por pertenecer a los mismos.
En la medida en que se considere conveniente para la mejor realización de su cometido, los Grupos de Trabajo podrán recabar la colaboración de expertos en las materias objeto de estudio, ya sea del ámbito profesional, institucional o académico.
El cometido de los Grupos de Trabajo es el análisis y el estudio concreto de aquellas materias de interés, relacionadas directamente con la finalidad del Observatorio, que le encomiende el Pleno. Las conclusiones derivadas de sus actividades se presentan ante la Comisión Ejecutiva, y, una vez analizados, son remitidas al Pleno para su toma en consideración.
Al margen de la actividad de gestión interna del Observatorio de Precios de los Alimentos, que supone la celebración periódica de reuniones del Pleno y la Comisión Ejecutiva, la principal actividad del Observatorio se deriva del funcionamiento de los nueve Grupos de Trabajo creados hasta el momento.
Siete de estos Grupos tiene carácter sectorial y se ocpuan del análisis y seguimiento de la evolución de los precios en algunos de los subsectores agroalimentarios de mayor importancia relativa en la producción y el consumo, como son: el sector lácteo, el olivarero, las carnes de vacuno, pollo, porcino y ovino y el sector pesquero. Además, se ha creado un Grupo específico para el estudio de la viabilidad del establecimiento de un sistema de doble etiquetado de los precios en los productos alimenticios. La lista se completa con el Grupo de Trabajo constituido para analizar la repercusión de la prohibición de las harinas animales.
De las actividades desarrolladas por cada uno de estos Grupos de Trabajo se da cuenta más detalladamente en cada uno de los epígrafes que se incluyen a continuación:
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GRUPO DE TRABAJO PARA EL ESTUDIO DE PRECIOS EN EL SECTOR LÁCTEO.
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GRUPO DE TRABAJO PARA EL ESTUDIO DE PRECIOS EN EL SECTOR OLIVARERO.
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GRUPO DE TRABAJO PARA EL ESTUDIO DE PRECIOS EN EL SECTOR CARNE DE POLLO.
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GRUPO DE TRABAJO PARA EL ESTUDIO DE PRECIOS EN EL SECTOR CARNE DE PORCINO.
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GRUPO DE TRABAJO PARA EL ESTUDIO DE PRECIOS EN EL SECTOR CARNE DE OVINO.
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GRUPO DE TRABAJO PARA EL ESTUDIO DE PRECIOS EN EL SECTOR CARNE DE VACUNO.
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GRUPO DE TRABAJO PARA EL ESTUDIO DE PRECIOS EN EL SECTOR PESQUERO.
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GRUPO DE TRABAJO PARA EL ESTUDIO DE VIABILIDAD DEL DOBLE ETIQUETADO.
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GRUPO DE TRABAJO PARA EL ESTUDIO DE LA REPERCUSIÓN DE LA PROHIBICIÓN DEL EMPLEO DE HARINAS ANIMALES.
Actualmente se trabaja en la repercusión de cada uno de los apartados anteriores, estando previsto ofrecer próximamente información de cada Grupo de Trabajo acerca de:
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Reuniones celebradas y nivel de participación de las mismas de vocales y expertos.
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Actividades realizadas.
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Informes presentados y conclusiones más relevantes.
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Previsión de nuevas actividades a realizar.