Sus aguas se caracterizan por las calmas continuadas, al estar la zona al abrigo de los vientos alisios y por su carácter tropical albergando especies que no se encuentran en el resto del archipiélago.
Los recursos pesqueros son objeto de una pesquería artesanal que ha dado lugar a modalidades de pesca particulares de la zona. La casi total cobertura algal unida a la variedad de sus fondos favorecen una elevada biodiversidad.
Ficha técnica
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Nombre
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LA RESTINGA - MAR DE LAS CALMAS
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Localización
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Isla de El Hierro (Tenerife) - Comunidad Autónoma de las Islas Canarias. España
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Extensión
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750 ha
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Año de Creación
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1996 por
Orden Ministerial
de 24 de enero de 1996
(B.O.E. núm. 30 de 3 febrero de 1996)
y Decreto 30 /1996 de 16 de febrero
(B.O.C. núm. 31 de 11 de marzo)
, basándose en informes científicos emitidos por diferentes Instituciones y Centros de Investigación de Canarias.
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Gestor
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Secretaría General de Pesca Marítima (M.A.P.A.) y Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Comunidad Autónoma de las Islas Canarias.
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Fines principales
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Reserva Marina de interés pesquero
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Esta reserva se creó a petición del sector pesquero, una vez confirmada la conveniencia de proteger las aguas y fondos de la zona por los informes de la Universidad de la Laguna y del Instituto Español de Oceanografía.
La gestión de esta reserva marina, creada en 1996, se inició en 1997 con la puesta en marcha de la Comisión Conjunta de Gestión y Seguimiento (Secretaría General de Pesca Marítima y Viceconsejería de Pesca del Gobierno Canario).
Esta reserva marina se encuentra enclavada en el sector suroccidental de la isla de El Hierro, en el Mar de las Calmas, al resguardo de los vientos y corrientes dominantes. Este rasgo, precisamente, permite el ejercicio continuado de la pesca, sin pausas debido a adversas condiciones meteorológicas, razón por la cual se consideró pertinente la creación de la reserva marina con el objeto de prevenir una posible sobre pesca.
Los fondos son rocosos y abruptos con veriles, cuevas, túneles y bajones destacando el Bajón y la Punta de los Saltos. La cobertura vegetal que puede llegar hasta los 70 m de profundidad es muy densa, predominando las algas calcáreas y pardas. La abundante fauna de invertebrados se reparte entre el fondo y las oquedades que albergan a langostas (Panulirus spp.), corales negros y amarillos, camarones, anémonas y esponjas entre otros. La comunidad de especies de fondo costeros es muy rica y variada. Abundan las viejas o pez loro (Sparisoma cretense), cabrillas (Serranus spp.), gallos (Lepidorhombus boscii), meros (Epinephelus spp.), abades (Mycteroperca spp.) y diferentes especies de morenas (Muraena spp.), de importancia pesquera. Los túnidos como el bonito o listado (Katsuwonus pelamis), el rabil (Tunnus abacares), el peto (Acanthocybium solandri), el patudo (Thunnus thynnus) y barrilote (Thunnus alalunga), dan lugar a la pesquería más importante de la zona en primavera y verano.
Las aguas de la reserva son visitadas por especies de alta mar como el tiburón ballena (Rhincodon typus) y la manta diablo (Manta birostris). Además se pueden observar a menudo tortugas marinas y delfines.
Por otro lado, la reserva alberga especies protegidas como el tamboril espinoso (Chilomycterus atringa) y la langosta herreña (Panulirus echinatus).
Se establece la reserva en el entorno de la Punta de la Restinga, constituida por la porción de aguas exteriores que está contenida dentro del área comprendida entre las coordenadas geográficas siguientes:
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Puerto Refugio de la Restinga: 27º 38,28´N y 17º 58,59´W
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27º 36,60´N y 17º 58,90´W
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27º 40,35´N y 18º 2,24´W
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Punta Lajas del Lance: 27º 40,73´N y 18º 1,81´W
La reserva marina comprende aguas exteriores gestionadas por la Administración General del Estado y aguas interiores competencia de la Comunidad Autónoma de Canarias.
La reserva marina tiene una reserva integral que está situada frente a la Bahía de Naos entre el Roque de Naos y la playa de La Herradura, señalizada por boyas plásticas.
Existen dos zonas adyacentes de usos restringidos donde se autoriza únicamente la pesca profesional con liña y la de túnidos, señalizadas por mojones de piedra. En el resto de la reserva se autorizan las pescas profesionales artesanales realizadas por pescadores locales.
La reserva marina de La Restinga, cuenta para el servicio de vigilancia por mar con una embarcación: "El Guincho", embarcación rígida de 12 m de eslora y dos motores con 170 CV de potencia cada uno.
Y además cuenta con el siguiente equipamiento:
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Vehículo todo terreno (vigilancia terrestre)
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Equipo completo de buceo autónomo
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Equipo de fotografía submarina
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Vehículo de inspección remota (ROV), con grabadores de imágenes
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Cámara georeferenciada
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Prismáticos de visión nocturna
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Señalización terrestre: 6 mojones y vallas informativas
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Señalización marítima: 12 trenes de fondeo para el buceo y 4 boyas de limitación de la reserva.
La reserva marina cuenta con un Centro de Visitantes en la explanada del muelle de la Restinga.
a) PESCA MARÍTIMA PROFESIONAL: Modalidades y condiciones de acceso.
ZONAS DE USOS RESTRINGIDOS:
Pescas profesionales de túnidos y con liña.
ZONA DE RESERVA MARINA:
Artes tradicionales de la zona:
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Pesca con anzuelo.
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Con gueldera, de pelágicos, para carnada.
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Con tambor de morenas.
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Con nasa de camarón.
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Con salemera dirigida exclusivamente para cardúmenes localizados de salema (Salpa salpa) u otras especies pelágicas o semipelágicas que no se capturen con anzuelo.
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La autorización para el ejercicio se concreta con la inclusión en el censo específico de la reserva marina.
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Para poder ser incluidas en el censo específico, las embarcaciones deberán acreditar la habitualidad en la zona, mediante los despachos o certificaciones al efecto expedidas por el Secretario de la Cofradía correspondiente.
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En aguas interiores, la autorización para el ejercicio se concreta con la inclusión en el censo específico de la reserva marina, para ello deberán pertenecer a puertos dentro o en las cercanías de la reserva y acreditar su habitualidad en la zona.
b) PESCA MARÍTIMA DE RECREO: Modalidades y condiciones de acceso.
EN AGUAS EXTERIORES E INTERIORES:
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Con caña, desde tierra, con la licencia de pesca de recreo correspondiente. No precisa autorización. Sólo se podrá practicar por fuera de la reserva integral y de las zonas de usos restringidos R1 y R2.
c) ACTIVIDADES SUBACUÁTICAS: Modalidades y condiciones de acceso.
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El buceo autónomo se podrá practicar, por fuera de la reserva integral, con una embarcación de apoyo, en los puntos señalizados para tal fin, previa autorización del MAPA para aguas exteriores y de la Viceconsejería de Pesca del Gobierno de Canarias, para aguas interiores.
d) ACTIVIDADES CIENTÍFICAS: Condiciones de acceso.
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La realización de muestreos científicos deberán ser autorizados por la Administración competente, están autorizados en toda la reserva marina incluida la reserva integral.