a) PESCA MARÍTIMA PROFESIONAL.
Mediante la inclusión en el censo específico de la reserva, tanto para aguas exteriores como interiores.
b) PESCA MARÍTIMA DE RECREO.
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Se deberá dirigir solicitud de autorización al Director General de Recursos Pesqueros.
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Las solicitudes se presentarán en el Área Funcional de Agricultura y Pesca de Las Palmas.
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Se presentará una solicitud por embarcación, con mínimo de quince días naturales y un máximo de 30 días naturales de antelación al inicio de la temporada en la que se quiera practicar la actividad.
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El Director general de Recursos Pesqueros de la Secretaría General del Mar resolverá las solicitudes, concediendo las autorizaciones a las solicitudes que se ajusten a lo exigido por riguroso orden de presentación y hasta que se complete el cupo.
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Se deberá dirigir solicitud de autorización al Viceconsejero de Pesca.
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Las solicitudes se presentarán en el Viceconsejería de Pesca del Gobierno de Canarias.
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Se presentará una solicitud por embarcación, con un mínimo de quince días naturales y un máximo de treinta días naturales de antelación al inicio de la temporada en la que se quiera practicar la actividad.
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El Viceconsejero de Pesca de la Viceconsejería de Pesca del Gobierno de Canarias resolverá las solicitudes, concediendo las autorizaciones a las solicitudes que se ajusten a lo exigido por riguroso orden de presentación y hasta que se complete el cupo.
c) ACTIVIDADES SUBACUÁTICAS.
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Las autorizaciones se conceden para una fecha concreta, por riguroso orden de presentación de solicitudes, hasta completar el cupo permitido de inmersiones y embarcaciones.
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Las solicitudes se presentarán en el Área Funcional de Agricultura y Pesca de la Subdelegación en Las Palmas, cuyo Jefe resolverá sobre las mismas, concediendo las autorizaciones hasta completar el cupo.
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Las solicitudes se dirigirán a la Viceconsejería de Pesca del Gobierno de Canarias.
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Las solicitudes se presentarán con una antelación mínima de 30 días a la fecha prevista de inicio de la actividad. Las solicitudes de clubes o entidades deportivo - recreativas se harán por temporada, concediendo las autorizaciones hasta completar el cupo.
d) ACTIVIDADES CIENTÍFICAS.
Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Recursos Pesqueros de la Secretaría General del Mar o a la Viceconsejería de Pesca del Gobierno de Canarias, según sea para aguas exteriores o interiores, adjuntando informe justificativo en el que se detallen objetivos, medios humanos y materiales y metodología a emplear y calendario previsto.
A la vista de su oportunidad e interés del estudio, el organismo competente resolverá sobre la conveniencia de su realización y autorizará su realización si se estima procedente.
SECRETARÍA GENERAL DEL MAR.
Velázquez, 144. 28006. MADRID.
Subdirección General de Conservación de los Recursos Litorales y Acuicultura:
OFICINA DE LA RESERVA MARINA.
Puerto de la Graciosa, s/n 35540 Teguise (Lanzarote)
Teléfonos: 928 842 205 / 669 810 268.
ÁREA FUNCIONAL DE AGRICULTURA Y PESCA. DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN LAS PALMAS.
Explanada de Tomás Quevedo, s/n. - Muelle de la luz, 35008 Las Palmas.
VICECONSEJERIA DE PESCA DEL GOBIERNO DE CANARIAS.
Plaza de los Derechos Humanos, s/n - Edif. de Usos Múltiples I - 35003 Las Palmas
ÁREA DE PESCA DEL CABILDO DE LANZAROTE.
Avenida Coll, 7. - 35500 Arrecife (Lanzarote)
DIRECCIÓN INSULAR DE LA (AGE) EN LANZAROTE.
Blas Cabrera Felipe, 6 - 35500 Arrecife (Lanzarote).