
¿Por qué una ley para el desarrollo sostenible del medio rural?
La importancia del medio rural en España es más que evidente ya que afecta al 20 por cien de la población y al 90 % del territorio. En él se encuentran la totalidad de nuestros recursos naturales y una gran parte de nuestro patrimonio cultural. Además, cada día se tiende más a la localización de la actividad económica y residencial. Todo ello, le da a este medio una importancia mayor de la que tenía en el pasado.
Por otro lado y siendo justos con nuestro medio rural, es necesario tener en cuenta el gran desarrollo económico que ha vivido nuestro país durante las últimas décadas, éste hecho ha provocado un cambio radical en los niveles de renta y bienestar de los medios urbano y en menor medida en las zonas rurales. Este hecho ha afectado claramente al medio rural provocando un atraso económico y social debido a causas totalmente evitables.
Fruto de esta situación de desajuste histórico se impulsó esta ley que pretende acabar con las injusticias que la situación histórica ha podido generar.
¿De dónde surge la idea?
Hasta ahora, España carecía de una política rural propia. Y durante todo este tiempo se ha cubierto esta ausencia con la aplicación de reglamentos comunitarios, pero si se desea realmente fomentar el desarrollo del propio medio rural, España necesita urgentemente una legislación adecuada para que su política rural no dependa, por más tiempo, de la Unión Europea.
La definición de esta política rural debe tener como referente las políticas comunes europeas y las orientaciones comunitarias, como la Estrategia de Lisboa de 2000 en relación con el empleo y la competitividad o la Declaración de Gotemburgo de 2001 en relación con el éxito de un desarrollo sostenible. Pero, al mismo tiempo, es necesario crear una política rural propia, plenamente adaptada a nuestras condiciones económicas, sociales y medioambientales.
Además toda política rural ambiciosa, y esta lo es, debe buscar una mayor integración territorial de las zonas rurales, facilitando una relación equilibrada entre el medio rural y el urbano, y fomentar, de esta manera en el medio rural, un desarrollo sostenible.
Esta iniciativa debe surgir del Estado, concertarse con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, respetando el marco competencial, y promover la participación del sector privado.
¿Cuáles son los objetivos generales de la ley?
Los objetivos generales de la presente Ley son:
En particular, las políticas de desarrollo rural sostenible de las Administraciones Públicas que se deriven de esta Ley deberán tener los siguiente objetivos:
Medio rural: el espacio geográfico formado por la agregación de términos municipales o entidades menores, que posean una población inferior a 30.000 habitantes y una densidad inferior a los 100 habitantes por km².
Zona rural: ámbito de aplicación de medidas derivadas del Programa de Desarrollo Rural Sostenible regulado por esta Ley, de amplitud comarcal o subprovincial, delimitado y calificado por la Comunidad Autónoma competente.
Municipio rural de pequeño tamaño: el que posea una población residente inferior a los 5.000 habitantes y esté integrado en el medio rural.
El Programa de Desarrollo Sostenible deberá aplicarse en los términos municipales del medio rural que formen parte de las zonas rurales delimitadas y calificadas como tales. Estás zonas vienen definidas por las Comunidades Autónomas según los siguientes tipos:
Las zonas rurales a revitalizar así como las integradas en la Red natura 2000 y los municipios rurales de pequeño tamaño de las zonas rurales intermedias y periurbanas, se considerarán zonas rurales prioritarias a efectos de la aplicación del Programa de Desarrollo Rural Sostenible.
Excepcionalmente, en la delimitación podrán incluirse municipios que no reúnan alguna de las condiciones previstas.
Con el fin de promover una aplicación equilibrada de la presente Ley y sus instrumentos de desarrollo, el Consejo para el Medio Rural adoptará criterios comunes para la calificación de las zonas rurales.
¿Cuáles son los ámbitos de actuación de la ley?
Las medidas de desarrollo rural de esta Ley serán financiadas por la Administración General del Estado y por las demás Administraciones Públicas participantes, con cargo a sus respectivos presupuestos en las actuaciones que sean de su competencia.
Por otra parte, los convenios de colaboración entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas previstos en la Ley determinarán los planes y actuaciones durante el período de aplicación correspondiente, asi como su financiación.
Las medidas concretadas, incluidas en el Programa de Desarrollo Rural Sostenible, serán cofinanciadas por las Administraciones concurrentes y, en su caso por los beneficiarios directos.
La financiación estatal se fijará en una cuantía determinada o en forma de porcentaje del coste total.
En cuanto a las previsiones presupuestarias, los Presupuestos Generales del Estado contendrán los créditos destinados por el Estado a la realización de las actuaciones específicas del desarrollo rural, especificados en un programa presupuestario, que identifique las actuaciones incluidas en el Programa de Desarrollo Rural Sostenible. El programa presupuestario especificará también los créditos destinados a la cofinanciación estatal de actuaciones concertadas con otras Administraciones contempladas en dicho Programa.
Cuando el programa de Desarrollo Rural Sostenible contenga actuaciones de naturaleza sectorial incluidas en otros programas presupuestarios, se hará constar en ellos esta circunstancia y se identificarán, como orientados al desarrollo rural, los créditos previstos para gastos y proyectos de inversión relativos a estas actuaciones así como , en su caso, los créditos destinados a la cofinanciación estatal e actuaciones sectoriales concertadas.
¿Qué organismos, medidas de control y evaluación se contemplan para su desarrollo?
La Comisión Interministerial para el Medio Rural es el responsable de dirigir y coordinar la acción de los distintos departamentos del medio rural y, en particular, las medidas de desarrollo rural reguladas en esta Ley. Su composición y funcionamiento se determinará reglamentariamente.
A su vez se crea el Consejo para el Medio Rural, como órgano de coordinación y cooperación entre las Administraciones Públicas, para el desarrollo sostenible del medio rural.
La composición y funciones del Consejo se establecerá reglamentariamente, en colaboración con las Comunidades Autónomas y la Federación Española de Municipios y Provincias, en cuanto asociaciones de Entidades Locales de ámbito estatal con mayor implantación. El Consejo estará constituido por representantes de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales.
Las competencias de cada una de las Administraciones Públicas, corresponden al Consejo, además de las funciones atribuidas expresamente por esta Ley, el ejercicio de las siguientes:
Se creará a su vez la Mesa de Asociaciones de Desarrollo Rural, como órgano de participación, información y consulta de las entidades asociativas relacionadas con el medio rural de ámbito estatal. Su composición se determinará reglamentariamente, garantizándose, en todo caso, la participación de las organizaciones profesionales, empresariales y sindicales más representativas vinculadas con el medio rural con implantación en todo el territorio del Estado.
Como medidas de control y seguimiento se establece que reglamentariamente, previo informe del Consejo para el Medio Rural, se establecerán las formas de seguimiento del cumplimiento y evaluación del Programa de Desarrollo Rural Sostenible, garantizándose, en todo caso, la participación de las Comunidades Autónomas implicadas.
A su vez, el Gobierno remitirá al Senado un informe bienal sobre el cumplimiento del Programa de Desarrollo Rural Sostenible.
¿Qué administraciones están implicadas?
Para su correcto desarrollo, todas las Administraciones públicas están implicadas en el Desarrollo del Programa de Desarrollo Rural Sostenible.
La concertación entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas, en el marco del programa de Desarrollo Rural sostenible, se llevará a cabo mediante los correspondientes convenios de colaboración, que recogerán los planes y actuaciones a realizar durante el período de aplicación correspondiente.
Los convenios de colaboración que se refiere el apartado anterior contendrán, en todo caso, para cada uno de los planes y actuaciones que sean objeto de acuerdo, los extremos a que se refiere el artículo 6 de esta Ley.
¿A qué colectivos afectará la Ley?
La Ley afecta de manera positiva al global de la sociedad española, porque lucha por diluir las desigualdades entre el mundo rural y el mundo urbano, ya que estos dos mundos son claramente complementarios y necesitan ineludiblemente uno del otro. Entre otras razones porque preservan el equilibrio territorial, de gran importancia para el desarrollo sostenible del país. Pero también es cierto que la mayoría de las medidas de la ley están pensadas para los habitantes del mundo rural, que se verán favorecidos de una manera directa en su día a día a través de las actuaciones concretas. Pero la Ley también se pone en marcha con la intención de mejorar la realidad de aquellos colectivos de los cuales depende en buena medida el futuro del Mundo rural: los jóvenes y las mujeres. Por ello, estos colectivos merecen una atención prioritaria dentro de la ley, así como los mayores y las personas con discapacidad.
¿Qué es el Programa de Desarrollo Sostenible Rural?
El Programa de Desarrollo Rural Sostenible es el instrumento principal para la planificación de la acción de la Administración General del Estado en relación con el medio rural; y concretará los objetivos, planes y actuaciones sectoriales a desarrollar por esta Administración y los que sean concertados con las Comunidades Autónomas.
El programa, con carácter previo a su aprobación, será sometido a informe del Consejo para el Medio Rural
El Programa de Desarrollo Rural sostenible será aprobado por el Gobierno, mediante Real Decreto decidido en Consejo de Ministros, y tendrá carácter plurianual. El Gobierno podrá acordar modificaciones en el Programa, previo informe del Consejo para el Medio Rural.
Para cada una de las medidas recogidas en el Programa de Desarrollo Rural sostenible, habrán de determinarse, en todo caso, los siguientes extremos:
El Programa de Desarrollo Rural Sostenible incluirán medidas destinadas a satisfacer necesidades y demandas sociales de grupos de población que requieran una atención prioritaria: las mujeres y los jóvenes, así como mayores y personas con discapacidad. A su vez, las medidas contenidas en el Programa de Desarrollo Rural Sostenible deberán respetar el principio de igualdad de trato y oportunidades entre géneros en el medio rural: Asimismo, podrán contemplarse medidas de acción positivas en favor de las mujeres en el medio rural, encaminadas a superar y evitar situaciones de discriminación por razón de sexo.